PROGRAMA AYUDA A LA CONTRATACION 2016

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  1. ANTONIO GONZÁLEZ CARRETERO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAN JOSÉ DEL VALLE, HAGO SABER:

 

Con motivo de la publicación de la Orden de 24 de abril de 2016, por la que se prorrogan algunas de las medidas aprobadas por el Decreto Ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, se va a proceder a la contratación temporal de peones para diversas actuaciones del Ayuntamiento, de acuerdo con las prioridades marcadas artículo 9 del decreto ley mencionado.

 

Las solicitudes de participación se podrán retirar de la Oficina del Registro General del Ayuntamiento, siendo el plazo de presentación de 20 días hábiles, iniciándose el plazo el proximo marte dia 18 de octubre y finalizando el plazo de presentación de solicitudes de participación en el programa el miércoles dia 15 de noviembre de 2016, a las 14:00 horas.

 

REQUISITOS: (artículo 8 DL 8/2014)

 

  1. Tener cumplidos los 18 años de edad, y no exceder, en su caso, de 65 años.
  2. Estar empadronados en el municipio de San José del Valle.
  3. Que en el momento de la presentación de la solicitud se encuentre en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no haya trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud. Se acreditará mediante presentación del Informe de períodos de inscripción del Servicio Andaluz de Empleo y certificado Vida Laboral actualizado.
  4. Pertenecer a una unidad familiar unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

 

1.°) Que el año anterior a la presentación de la solicitud todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los menores nacidos, adoptados o acogidos con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y la personas andaluzas retornadas. Se expedirá de oficio por el Ayuntamiento certificado histórico de empadronamiento.

2.°) Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:

  1. Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona
  2. Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas.
  3. Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas.
  4. Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas.

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa. A estos efectos se dividirá por seis la cantidad resultante de la suma de todos los ingresos de la personas miembros de la unidad familiar para determinar la cuantía mensual.

 

  1. Pertenecer a una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos antes expuestos.

 

Se considerará unidad familiar, a tales efectos, la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada, y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda.

 

Todos los requisitos a los que se refiere las presentes Bases deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo. Solo se podrá contratar a una persona de la unidad familiar, sin perjuicio de que todos los miembros de la unidad familiar puedan presentar solicitud de participación en el programa.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

 

Además de la solicitud que se facilitará por el Ayuntamiento se deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante.
  2. En el supuesto de matrimonio, con o sin descendencia, o familias Monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.
  3. En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Uniones de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente por otros medios de la su relación de convivencia, y si se tuviese descendencia, además el libro de familia.
  4. Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas miembros de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud
  5. Informe de periodo de inscripción expedido por el Servicio Andaluz de Empleo.
  6. Informe de Vida Laboral que refleje el año anterior a la solicitud.

Asimismo, y respecto las solicitudes de los aspirantes en los que concurran alguna/as de la/s circunstancias consideradas corno prioritarias para la adjudicación de los contratos, enumeradas en el artículo 9 del Decreto-Ley, deberá adjuntarse la documentación acreditativa de dichas circunstancias:

 

  1. Informe de vida laboral de cada uno de las personas componentes de la unidad familiar para el caso de que hayan trabajado algún periodo de tiempo durante el año anterior a la solicitud.
  2. Título de Familia Numerosa.
  3. Certificado de discapacidad o situación de dependencia.
  4. e) Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 13/2007, d e26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

Las solicitudes y la documentación, que debe acompañarse en original o por fotocopia compulsada, debe estar referido, a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

 

Lo que hago público para general conocimiento. En San José del Valle a catorce de octubre de dos mil dieciséis.

 

EL ALCALDE PRESIDENTE

 

 

Fdo. Antonio González Carretero